evidencias locales nacionales internacionales
-A   A   +A
Aumentan medidas de sanitización y seguridad en secretarias de gobierno
18:56 ESTADO CAMPECHE
Ante contingencia sanitaria del Covid-19, el gobierno del estado y las secretarías refuerzan medidas de protección.

Desde San Francisco de Campeche, Campeche, marzo 24 de 2019 ( COMUNICA ).-Por recomendación del Comité Estatal de Seguridad en Salud en Campeche, y por instrucciones del C. Gobernador del Estado, Lic. Carlos Miguel Aysa González, la Secretaría de Administración e Innovación Gubernamental (SAIG), acuerda lo siguiente:

Se autoriza de manera temporal una jornada laboral máxima seis horas diarias de duración, a los servidores públicos de la Administración Pública del Estado de Campeche, medida preventiva que entrará en vigor partir del día jueves 26 de marzo del año en curso, y estará vigente por el tiempo que determine el Comité Estatal de Seguridad en Salud de Campeche, para lo cual esta Secretaría, atenta a ello, en su oportunidad emitirá el Acuerdo  conclusivo que corresponda. Se procurará que el horario deba centrarse de las 9:00 horas a las 15:00 horas, de lunes a viernes.

Quedan excluidas de la aplicación del presente Acuerdo, las secretarías y sus órganos desconcentrados que conforman la Administración Pública Centralizada del Estado de Campeche que tengan a su cargo la realización y operatividad de los siguientes servicios:

Seguridad pública
Procuración de justicia
Bomberos
Tránsito y vialidad
Salud
Emergencias 911
Funcionamiento y vigilancia de los centros de readaptación social e internamiento de menores de edad en conflicto con la ley penal.

El personal administrativo que no lleve a cabo las funciones operativas enlistadas en este apartado aplicará en el horario temporal que se autoriza, siempre que, en ningún caso se desatiendan las funciones públicas que correspondan a tales áreas. En consecuencia, los titulares de las mismas mantendrán laborando al personal con la distribución de turnos y horarios escalonados que se requieran, sin exceder el máximo de 6 horas diarias.

Las instituciones y autoridades que en función de sus atribuciones presten servicios públicos que sean esenciales o que por su naturaleza deban prestarse de manera presencial, ininterrumpida e indispensable a la población, proveerán todo lo necesario para dar continuidad a dichos servicios, por lo que mantendrán laborando al personal que se requiera, con el fin de que se atienda el servicio público.

Las personas titulares de las Dependencias y sus órganos desconcentrados, deberán organizar e implementar esta medida, conforme a sus cargas de trabajo, vigilando en todo momento el estricto cumplimiento de las funciones y atribuciones a su cargo previstas en la ley.
 
JCAC

Esta es una opinión de los internautas, no de COMUNICAcampeche.com
No esta permitido publicar comentarios contrarios a los de las leyes mexicanas o injuriantes
Nos reservamos el derecho de eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.
Avísanos de comentarios fuera de tono
Normas para comentar en COMUNICAcampeche.com